La Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)

La Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) es un organismo provincial con sede en La Plata cuya función es proponer, elaborar y coordinar los anteproyectos normativos y reglamentarios relativos al reconocimiento, organización y funcionamiento de las personas jurídicas que operen en todo el ámbito de la Provincia. En pocas palabras es el equivalente de la IGJ en la Provincia de Buenos Aires. Además de su Sede Central en La Plata tiene Delegaciones en el interior de la Provincia (Avellaneda, Azul, Bahía Blanca, Dolores, Junín, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Morón, Quilmes, San Isidro, San Martín, San Nicolás, Trenque Lauquen, Tres Arroyos y Zárate Campana).  El link es  https://www.gba.gob.ar/dppj

Para realizar los trámites se debe cumplir con lo normado por la Disposición 45/2015, los mismos pueden realizarse en las Delegaciones y algunos de ellos en forma digital.

Es importante tener estos trámites al día ya que la conclusión de los mismos hace que tengan, dichos actos, validez ante terceros como ejemplo cambios en el Directorio de una SA, Gerente en una SRL, en la Sede Social, aumento o disminución del capital, cesión de cuotas partes, etc.

Hay que destacar que las ONG (Asociaciones Civiles y Fundaciones) deben presentar balances todos los años, no así las sociedades comerciales salvo aquellas incluidas en el art. 299.

Cuando se inicia una presentación de un trámite, en general, es necesario contar con la minuta rogatoria firmada por el representante legal con firma certificada por Escribano o profesional (Contador, Abogado o Escribano), tasas, documentación a inscribir y adicional. Todas las firmas deben estar certificadas por Escribano, salvo los profesionales habilitados. Las ONG pueden certificarlas sin costo en las Delegaciones, Municipalidades o Juez de Paz. Con respecto a las tasas las mismas son: Tasa Especial o Preferencial que puede ser de uno, cuatro o quince días hábiles desde que el expediente ingresa a La Plata, es decir que el organismo debe realizar su tarea en esos plazos; Tasa de Traslado corresponde por el gasto de envío entre la Delegación y La Plata del expediente; Tasa Fiscal que se subdivide en la Tasa General de Actuación (TGA) y la tasa específica del trámite a realizar y la cobra la Provincia; Tasa de Delegación que es para solventar los gastos que insume la Delegación.

En el link antes descripto se puede obtener información sobre los siguientes temas: Institucional, Legislación, Anexos (formularios), Delegaciones, Contactos, Trámites Digitales, Oficios e Informes, Asociaciones Civiles, Sociedades Comerciales, pago de tasas, SAS, Mi Trámite (seguimiento on line de cada expediente presentado).

Esta es una explicación somera y sencilla solo para tener una idea general. En caso que se necesite realizar algún trámite es importante ingresar al link indicado y leer con atención. 

Como corolario es importante en nuestra actuación ya sea en relación de dependencia o como profesional independiente verificar que los trámites estén debidamente inscriptos.   

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